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sábado, 29 de agosto de 2015

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El Gobierno no aumenta la seguridad en los trenes tras el arresto de un terrorista en Francia

Renfe y Adif confirman que se mantienen los mismos controles que hasta ahora: identificación de viajeros y escáner a las maletas.
Una semana después del arresto de un terrorista en un tren de Francia, continúan realizándose los mismos controles de seguridad en las estaciones españolas . Renfe y Adif explican que, a nivel nacional, se mantienen los controles de identificación de viajeros, aunque los gobiernos autonómicos pueden aumentar los operativos dentro de sus competencias.
 
El Confidencial Digital se ha puesto en contacto con personas de estas dos empresas que confirman que las medidas de seguridad previas a entrar en el tren continúan siendo las mismas que antes del intento de ataque terrorista en suelo galo.
Las fuentes consultadas por este diario explican el actual operativo para evitar cualquier tipo de ataque o atentado terrorista: “Los controles se adaptan al tráfico y número de usuarios de cada estación“.
Por este motivo, afirman, en las estaciones de mayor tráfico (con servicios de alta velocidad y larga distancia) existen también escáneres a los equipajes para evitar la entrada de cualquier arma u objeto peligroso a los vagones, explican estas mismas fuentes a ECD
Todas las estaciones, añaden, tienen garantizada la presencia de personal de seguridad y el uso de cámaras de videovigilancia; además de un “permanente y estrecho contacto y colaboración con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado”, comentan desde Adif.

Fuente:  http://www.elconfidencialdigital.com
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Tres vigilantes de la prisión, de baja médica por agresiones y amenazas


Los incidentes se remontan varios meses atrás entre el propio personal de la empresa de seguridad Temen que se repitan episodios más graves.
 
Tres vigilantes de seguridad privada que prestan su servicio en el centro penitenciario de Huelva se encuentran de baja médica en estos momentos por las secuelas físicas y psicológicas de varios episodios de amenazas y agresiones en los que se ha visto envuelto el propio personal de la empresa adjudicataria.

Según el testimonio de fuentes cercanas al caso, recabado por Huelva Información, los incidentes que han originado la situación actual se produjeron en los últimos meses y han provocado una gran preocupación entre los trabajadores de la prisión, que expresaron a este diario su temor de que se vuelvan a repetir dejando graves consecuencias.

Los sucesos referidos se produjeron siempre entre el propio personal de la empresa de seguridad privada, aunque han tenido repercusión en todo el centro, dada la gravedad de los mismos.

En uno de ellos, según cuentan las fuentes, dos de los vigilantes se agredieron mutuamente hace unos meses en el puesto del control de acceso al recinto de la prisión, donde el personal tiene a su cargo un arma de fuego que uno de los implicados intentó utilizar. La intervención de agentes de la Guardia Civil adscritos al servicio del centro evitó males mayores, aunque los dos protagonistas del incidente arrastran secuelas físicas que les mantienen fuera de servicio por baja médica.

En otro de los episodios referidos, más reciente, se vieron implicados otros dos vigilantes privados de la prisión, esta vez en el camino de acceso al recinto. Según narraron a este diario personas conocedoras del caso, uno de los trabajadores esperó el paso de un compañero con el que había tenido disputas previas y le embistió con su vehículo, echándole fuera de la carretera. El agredido se encuentra todavía de baja por las secuelas psicológicas del suceso.

Además de las dos agresiones relatadas, aseguran que se han producido en repetidas ocasiones disputas y amenazas entre el personal privado que realiza labores de vigilancia en la prisión desde que el Ministerio del Interior externalizara parte del servicio hace dos años en las penitenciarías de todo el país.

Las mismas fuentes que han denunciado los hechos a este periódico, y que prefieren mantener el anonimato para evitar represalias, aseguran que el origen de los conflictos es básicamente laboral. Sostienen que las condiciones de trabajo que sufren los vigilantes de seguridad privada superan muchas ocasiones lo conveniado y que la presión y tensión que soportan por estas circunstancias es palpable en el centro.

La empresa Ombuds Compañía de Seguridad SA, con sede en Madrid, tiene adjudicado el servicio de seguridad privada en el centro penitenciario de Huelva desde marzo de 2013. Fue la primera adjudicataria en todo el país, para las prisiones de Huelva, Alicante, Logroño, Topas (Salamanca), Castellón y Dueñas (Palencia), tras la medida adoptada poco antes por el Ministerio del Interior del Gobierno de Rajoy. De esta forma, los vigilantes privados se encargan de controlar los accesos al centro, las cámaras de vigilancia y las patrullas en el perímetro del recinto, parte de las funciones que tenía encomendada la Guardia Civil previamente.

El personal de Ombuds adscrito de esta forma a la vigilancia en las prisiones procede en su mayor parte del servicio de escolta prestado en el País Vasco a cargos públicos, que se recicló a partir de 2013 con los nuevos cometidos en la vigilancia exterior de los centros penitenciarios.

En Huelva hay asignados siete vigilantes para estas funciones desde entonces y, según denuncian fuentes próximas, sufren condiciones adversas en la prestación del servicio que han provocado roces entre los propios trabajadores. Esto ha desencadenado episodios de violencia verbal y física que no han sido, aseguran, debidamente tratados por la empresa. En la prisión, insisten, se teme que se repitan los incidentes y que alguno pueda tener fatales consecuencias, después de la gravedad de los ya ocurridos.

Huelva Información ha tratado de conocer el caso por parte de la empresa Ombuds, pero desde la sede principal ningún responsable ha querido atender la llamada por mantener su política de "no hacer declaraciones a la prensa".

El Ministerio del Interior, hasta el momento, ha eludido pronunciarse también sobre el tema, al igual que la Comandancia de la Guardia Civil, mientras que fuentes sindicales vinculadas a la prisión reconocieron la existencia de "determinados problemas entre vigilantes" aunque evitaron ofrecer una valoración más detallada.
 

lunes, 24 de agosto de 2015

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JEREZ: Detenidas madre e hija por robar juntas en tiendas de un centro comercial

Compraban artículos que luego devolvían y usaban el ticket para hurtar prendas similares

La Policía Local detuvo, durante el fin de semana, a una madre y su hija por presuntos delitos contra la propiedad. Concretamente, los agentes realizaron en la tarde del pasado sábado la detención de quienes fueron identificadas como F.G.M. y S.G.G., por presuntos hurtos en distintos establecimientos comerciales de la ciudad. Primero se personaron en un conocido centro comercial donde los vigilantes de Seguridad Privada tenían retenida a F.G.M. por haber entrado en los probadores de una tienda allí ubicada saliendo del mismo sin pasar por caja.

Los agentes de la Policía Local averiguaron que ésta iba acompañada de su hija, conductora a la sazón de un turismo que fue localizado en el aparcamiento de dicha superficie comercial y en cuyo interior se hallaba gran cantidad de artículos procedentes de varias tiendas. Según comprobó la Policía Local, estos artículos tampoco fueron pagados. Instantes después, los agentes localizaron a la hija de la detenida cuando ésta regresaba al coche, siendo identificada como S.G.G.

Modus operandi

Según sus propias manifestaciones, el ‘modus operandi’ de las filiadas consistía en comprar determinados artículos para, a continuación, devolverlos y hurtar otros de las mismas características haciéndolos pasar por los que figuran en el ticket de compra inicial. A tenor de ello, fueron detenidas e informadas de los derechos que le asistían, según el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Fuente: http://www.lavozdigital.es/jerez

viernes, 21 de agosto de 2015

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Securitas lleva al SAS a los tribunales por el concurso de un contrato de 20 millones

 
«Quis custodiet ipsos custodes?». Traducida del latín: ¿Quién vigila a los vigilantes? La respuesta a la pregunta en este caso no podría ser la Junta de Andalucía sino otros vigilantes. La empresa Securitas Seguridad España SA ha llevado a los tribunales de justicia al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por las irregularidades que considera que se han producido en la adjudicación de un contrato de casi 20 millones de euros y 24 meses de duración, destinado a ofrecer el servicio de vigilancia y seguridad en los hospitales Virgen Macarena y Virgen del Rocío de Sevilla, a la unión temporal de empresas (UTE) que conforman Vigilancia Integrada SA y V2 Complementos Auxiliares S.A.
Securitas denuncia que durante el proceso se añadieron elementos secundarios a los criterios descritos en los pliegos con posterioridad al plazo de presentación de ofertas y que éstos se aplicaron de manera «arbitraria, subjetiva y no uniforme», provocando que en determinados apartados sólo la oferta de la adjudicataria fuese valorada, lo que resulta «completa y absolutamente improcedente». Pero sus alegaciones no fueron atendidas por el Tribunal Administrativo de la Junta de Andalucía, lo que llevó a la entidad a interponer un recurso contencioso-administrativo y de cuyo anuncio se dio traslado el pasado 10 de agosto a las partes interesadas para que puedan personarse.
Fue el 8 de julio de 2014 cuando el SAS adjudica este contrato por un valor de 19.568.987,09 euros y en los días siguientes Securitas recurre solicitando su anulación, retrotayendo las actuaciones al momento de producirse la valoración de las ofertas y se dicte una resolución nueva a su favor. La base del recurso se sustenta en que, a su juicio, dos criterios técnicos de evaluación automática recogidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares no han sido aplicados de conformidad con su naturaleza, lo que desvirtúa las puntuaciones resultantes de las ofertas de los licitadores. Así, Securitas ofertó 3.294 equipos de transmisión pero la comisión técnica sólo le valoró 171 equipos, el número de trabajadores adscrito al servicio. Su oferta fue rebajada, por tanto, obteniendo una puntuación muy inferior y un incremento proporcional de la puntuación de la adjudicataria. Un argumento que, según la recurrente, no se aplica de forma uniforme al resto de criterios. Así sí se valoran 105 unidades contra incendios a pesar de resultar innecesarias más de 20 y 76, atendiendo al número de centros que ya contaban con dichas prestaciones; o se valoran hasta cien unidades nuevas de videograbación ofertadas por otro licitador pese a no especificar a qué centros se destinan.
El órgano de contratación niega trato discriminatorio pues al recurrente se le otorga en el apartado medios de comunicación la puntuación más favorable posible en el sentido explicitado. Al respecto, la UTE adjudictaria acusó a Securitas de obrar con «picaresca» porque la oferta de teléfonos y walkie-talkie era «un brindis al sol con la única finalidad de obtener la máxima puntuación en dicho criterio sin más». Con posterioridad, el Tribunal Administrativo concluyó que Securitas ofertó «equipos de transmisión innecesarios» con el fin de conseguir la mayor puntuación en ese criterio y, dada la fórmula de valoración del mismo, situar las ofertas del resto de licitadores muy por debajo.
La segunda alegación, también rechazada, incide en las consideraciones tenidas en cuenta a posteriori y se refieren al número de horas de formación ofertadas. Así, en el pliego se recoge que se otorgará la mayor puntuación a la oferta con mayor número de horas/año y el resto de ofertas de valorarán mediante proporcionalidad directa. Sólo fue valorada la oferta de la UTE adjudicataria. El resto entendió que bastaba con ofertar un determinado número de horas y la comisión técnica y, posteriormente el Tribunal Administrativo, concluyó que se solicitaba un plan de formación, no una «mera mención de un dato numérico» sin criterio formativo alguno.
Desestimado el recurso el pasado 21 de abril de 2015, el 15 de mayo se firmó con la UTE ganadora el contrato con fecha de inicio 1 de junio de este año y por una duración de 24 meses. Ese mismo día Securitas interpone el recurso contencioso administrativo y la Sala Primera del TSJA requiere el emplazamientos de cuantos interesados pudiera haber.
La UTE adjudicataria la conforman Vigilancia Integrada SA y Complementos Auxiliares SA, empresas que forman parte de Ilunion y cuyo administrador único es el grupo empresarial de la ONCE y su fundación. Esta compañía comenzó también en enero de 2015 a gestionar la seguridad de los 27 museos y conjuntos culturales dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía. Ahora, además, lo hace en la Plataforma Logística Sanitaria de Sevilla.

Fuente:  http://www.larazon.es



jueves, 20 de agosto de 2015

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La Comandancia de la Guardia Civil de Ávila Imputa a una persona por ejercer labores de Vigilancia de Seguridad sin estar habilitado.

vigilante gitano
El Código Penal lo recoge como Delito de Intrusismo, y la Ley de Seguridad Privada impone fuertes sanciones de 30.000 a 600.000 euros a empresas que contratan y particulares que ejercen esa labor. Denunciada la empresa contratante. En muchas ocasiones ocultan una situación de extorsión o amenazas.
A finales de mes de julio, se detecta por parte de la Guardia Civil la instalación de cartel alusivo a la prestación de seguridad en un recinto en construcción. Esta clase de conductas, realizada habitualmente por determinados colectivos, colocan carteles en zonas visibles, haciendo alusión al tipo “OBRA CON VIGILANTE PATRIARCA XXX CONTROL 24 HORAS”.
Teniendo conocimiento que esta clase de actuaciones pueden conllevar una serie de supuestos Delitos de Coacciones, Amenazas, Usurpación de Funciones Públicas o Intrusismo, y desde luego infringir la Ley 5/2014, de 04-04-2014 de Seguridad Privada, se procede por parte de la Unidad de Policía Judicial de la Comandancia a realizar una investigación, comprobándose en días sucesivos que la persona detenida realizaba en dicho establecimiento de forma muy ocasional funciones de vigilancia dentro y fuera de la obra.
Habitualmente las empresas constructoras, para evitar situaciones de otro tipo, y al tener maquinaria y efectos de valor en la obra, se ven presionadas a contratar esta clase de servicios como “Vigilante de Seguridad”, a sabiendas de su ilegalidad.
Es importante recordar que para realizar esta clase de actividades se debe cumplir unos requisitos y obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior con unos condicionantes, entre los que se encuentran, uniformidad, identificación, cursos específicos oficial, y examen de habilitación. la supervisión y control de esta clase de actividades vienen recogidas en la Ley 5/2014, de 04-04-2014 de Seguridad Privada, cuya competencia de control se realiza por parte del Cuerpo Nacional de Policía en Vigilantes de Seguridad, y por parte de la Guardia Civil a la especialidad de Guardas Rurales.
Se recuerda a los empresarios que estas actividades ilegales pueden ser cometidas también por éstos, marcando la referida Ley una serie de conductas que pueden ser sancionadas y que pueden oscilar de 30.000 a 600.000 euros, como el art. 57.1.b “La contratación o utilización, en servicios de seguridad privada de personas que carezcan de la habilitación o acreditación correspondiente” entre otros, por lo que se recomienda que cuando tengan conocimiento de esta clase de actividad e intrusismo, lo pongan en conocimiento de las autoridades citadas
 

miércoles, 19 de agosto de 2015

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Nuevo permiso retribuido por gestiones de adopción y acogimiento

Hoy entra en vigor un nuevo permiso retribuido para todos los trabajadores incluido el personal laboral de las administraciones públicas. Este nuevo permiso es el siguiente:
 
"Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo."
 
Esta modificación o ampliación del derecho a permisos retribuidos ha sido introducida en la nueva Ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. La razón está en su exposición de motivos:
 
"Las familias adoptantes, guardadoras con fines de adopción y acogedoras, en algunas comunidades autónomas, deben acudir obligatoriamente a unas sesiones informativas y a una preparación, y en el caso de la adopción deben obtener preceptivamente un certificado de idoneidad tras un estudio psicosocial que en ocasiones supone más de cinco entrevistas. Estas exigencias legales podrían considerarse propiamente una preparación para la adopción y deberían, por tanto, contemplarse normativamente como permisos retribuidos, ya que son obligatorias para todas las familias adoptantes, a diferencia de la preparación al parto, que no lo es. Además, en estos casos, ambos progenitores deben acudir a la preparación y a las entrevistas, en contraste con los exámenes prenatales y las técnicas de preparación al parto, a los que solo es estrictamente necesario que acuda la madre. Por todo ello, esta modificación equipara a las familias adoptantes o acogedoras a las biológicas."
 
Pues nada que objetar ¿verdad? Muy bien. Peeeeeeeeerooooo hay un problemilla de nada. ¿Qué esperabais? Este problemilla de nada está al final al final al final de la nueva Ley, donde solo los griegos perrofláuticos llegan a leer y solo para fastidiar: "Las medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de gasto público, ni de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal."
Traducción: que sí señor empleado público, que tiene usted permiso retribuido para los trámites de adopción o acogimiento, pero la administración no va a contratar a nadie para sustituirle con lo que lo harán sus compañeros como puedan.
No hay que confundir este permiso por trámites de adopción o acogimiento con los otros permisos retribuidos que nacerían al producirse esta adopción o acogimiento. Es decir que el nuevo permiso es "antes" mientras que los de "después" siguen siendo los de siempre y que procede ahora recordar aquí:
  • Permiso de maternidad de 16s. Solo en caso de adopción o acogimiento (superior a 1a) de menores de 6a o bien de menores de 18a discapacitados o que por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes. También existe permiso por adopción de los hijos de tu pareja.
  • Permiso de paternidad de 13d. Recuerda que en algunos casos es ampliable a 20d.
  • Permiso de "lactancia" en los mismos casos que el permiso de maternidad.
Antes de finalizar cabe repetir que todos tienen desde hoy este nuevo permiso retribuido por trámite de adopción y acogimiento. "Todos" curiosamente quiere decir todos, incluidos los camareros con contrato temporal de una semana, los esparragueros de Navarra y los vigilantes subsubsubcontratados. Sea cual sea el contrato, la jornada, el contratante, el contratado, el empresaurio y el padre de Bambi que era uno que salía al final que si tarda más ya ni sale y vete tú a saber si era el padre o no. "Hoy" curiosamente también quiere decir hoy, es decir que no hay que esperar a que Paqui termine la baja ni a que Toñito vuelva de vacaciones ni a que los clientes paguen ni a que Españistán gane el mundial de badminton bosleigh. Y "retribuido" curiosamente también quiere decir que los días de permiso te los tienen que pagar como cualquier otro, con dinero y esas cosas.
 
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Prosegur estudia sacar a Bolsa el 30% de su filial de transporte de dinero


La filial de gestión y transporte de dinero en efectivo de Prosegur podría empezar a cotizar en la Bolsa de Madrid próximamente. La empresa de seguridad estudia vender en una oferta pública de acciones (opa) un 30% de esta división, en una operación por la que podría recaudar 1.000 millones de euros, según una fuente conocedora de la operación.

Los bancos de inversión norteamericanos Goldman Sachs y Bank of America asesoran a Prosegur en la venta de este paquete de acciones, una transacción sobre la que la compañía española no ha querido pronunciarse.
La división agrupa los servicios de transporte de dinero en vehículos blindados para cubrir necesidades de efectivo de cajeros automáticos de bancos y de comercios, y gestiona la custodia de objetos de valor como joyas y obras de arte. El pasado año más de la mitad de los ingresos de Prosegur procedió de esta unidad.
Las acciones de Prosegur en la Bolsa de Madrid reaccionaron ayer al alza, y llegaron a rozar el 3% de subida, para terminar anotándose un 2% al cierre de mercado. En lo que va de año, Prosegur ha subido casi un 8% en el parqué madrileño, y cuenta con una capitalización bursátil superior a los 3.100 millones de euros.
En 2015 las compañías españolas han recaudado hasta el momento más de 8.000 millones de euros en salidas a Bolsa, casi la mitad de ellos procedentes de la OPV del gestor aeroportuario AENA, frente a los 5.000 millones obtenidos en el mismo periodo de 2014.

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Agentes de seguridad privada y policías locales vigilan juntos desde hoy las viviendas de Loma Colmenar

Los vigilantes privados colaborarán con los agentes hasta diciembre. La contratación de la empresa de seguridad, que supone un coste para la Ciudad de 20.000 euros, pretende aliviar de carga de trabajo a la plantilla de la Policía Local.
 
Los agentes de la Policía Local patrullan desde esta mañana el recinto de la urbanización de Loma Colmenar en compañía de agentes de seguridad privada. La Consejería de Gobernación ha invertido 20.000 euros en la contratación de cuatro vigilantes que servirán de apoyo al dispositivo de seguridad instalado para vigilar las viviendas de protección oficial.
La vigilancia en Loma Colmenar se reforzó con dos coches patrulla después del escándalo suscitado en torno al proceso de adjudicación de las viviendas, que se desató con la publicación de una lista de beneficiarios en un diario local, cuya validez legal fue inmediatamente desautorizada por el Gobierno de la Ciudad. Desde hace diez días, un grupo de las personas cuyos nombres figuraban en la lista mantienen una acampada ante la urbanización para reivindicar los derechos a los que, aseguran, se han hecho acreedores.
La incorporación de agentes de seguridad privada es una decisión con la que Gobernación pretende liberar de carga de trabajo a la plantilla de la Policía Local, cuyos agentes tendrán que asumir nuevas labores con el comienzo del curso escolar el próximo 9 de septiembre.
 
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CONVENIO COLECTIVO 2015 - 2016

SVS CV INFORMA: Mierder Goldwyn Mayer presenta ...... CONVENIO COLECTIVO 2015 - 2016
 
Muy buenas a tod@s,
Como ya es sabido por tod@s el pasado día 17 de Julio del presente año en curso se llegó a un acuerdo, entre el Tridente Maléfico compuesto por los sindicatos mayoritarios de UGT, USO y CC.OO. y la patronal en la sede de APROSER, por el que se firmaba el Convenio Colectivo para este sector.

Desde un primer momento decidimos no efectuar comentarios sobre los términos en que se ha firmado nuestro Convenio. Pero en vista de la monumental tomadura de pelo que supone dicha firma, vamos a intentar esclarecer la repercusión que tiene sobre nuestros bolsillos y el engaño que supone para los trabajadores de este sector.
Para ello vamos a empezar con las cifras que tanto han utilizado estos sindicatos, para más tarde efectuar una valoración de las mismas demostrando que tienen un futuro prometedor como TRILEROS.
" TRILEROS: ( Trilero) El trile, juego asociado a la estafa, que es tradicional en calles concurridas o mercadillos. "
 


1) Incremento del 0,7 % sobre las tablas salariales del Convenio a partir del 1 de Enero de 2016



 
2) Recuperación, a partir del 1 de julio de 2016, de las cantidades correspondientes a los pluses de vestuario y transporte eliminados en el año 2013


LOS NÚMEROS :
Nos hacen creer que la subida del 0,7% es la única opción para la estabilidad del sector. Todos estamos al corriente que los sindicatos mayoritarios a nivel nacional ( UGT y CC.OO ) junto con las patronales CEOE y CEPYME, pactaron, en Mayo, una subida del 1,5 % para este año 2015.

Para el tridente sindical, que supuesta mente nos representan, nuestro sector va a parte. Con este talante de independencia sectorial las cuentas salen por debajo del resto de sectores, ya que con la subida 0,5% para el 2015 y la subida del 0,7% para el próximo 2016 el resultado de su suma es 1,3 %. POR DEBAJO DE LO PACTADO A NIVEL NACIONAL.
En cuanto a los pluses, que ellos mismos nos quitaron firmando dicha rebaja, nos hablan de 23,50 € / mes a partir de julio de 2016, ES DECIR 141 € BRUTOS AL AÑO. DEJANDO A FUTURAS NEGOCIACIONES DE CONVENIOS LA RECUPERACIÓN TOTAL DE LOS IMPORTES .
 
Que es lo mismo que decir .... TARDE , MAL Y NUNCA.

EL ENGAÑO:
Desde la entrada en vigor de este ultimo Convenio colectivo, los artículos 45 y 69 del mismo quedan modificados para, según ellos, asumir el contenido de la Sentencia de la Audiencia Nacional que hace referencia al cobro de los pluses durante las vacaciones.

La fórmula Mágica para que las empresas no tengan que abonar ni un solo céntimo de esa sentencia dictada, es el de dividir dichos pluses entre 12 meses.

Esta formula magistral , propia de los mejores TRILEROS, puede llegar a suponer una perdida adquisitiva de hasta 500€ / año, dependiendo de los pluses que cada uno tenga en su puesto o servicio, ( YA QUE ESTOS PULSES SE DIVIDÍAN ENTRE 11 MESES ).

A esta artimaña hay que sumar la bajada del importe de los pluses, ( Nocturnidad, Radioscopia basica, Radioscopia aeroportuaria, festivos, etc... ), que supone una garantía para la patronal de que, efectivamente, no tendrán que cumplir con la sentencia dictada por el Tribunal.
Una vez más, volvemos a perder poder adquisitivo, superando con creces el 30 % en los últimos años, mientras la patronal aumenta su facturación año tras año, y los sindicatos pro-patronal se garantizan privilegios a costa de los trabajadores que supuesta mente defienden.
 

martes, 18 de agosto de 2015

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Las elecciones generales aparcan el plan de privatización de la seguridad de las prisiones

La inminente celebración de las elecciones generales -que los últimos pronósticos sitúan a mediados de diciembre- llevará previsiblemente a que el Gobierno evite tomar decisiones que conlleven un coste electoral después de verano. Uno de los temas tabú que se dejarían de lado es el controvertido asunto de la privatización de la seguridad en las prisiones, que provocó -cuando se puso en marcha en 2012- un sonado abucheo al Ejecutivo por parte de la opinión pública, que lo interpretó como un primer paso para ir cediendo competencias de la Policía y la Guardia Civil a las empresas.
 
La tercera fase del plan de privatización de la seguridad de las prisiones tendría que entrar en vigor el próximo octubre, según los plazos inicialmente previstos por el Gobierno. Sin embargo, el Ministerio del Interior no es capaz de aclarar a estas alturas si cumplirá los tiempos, que ya sufrieron retrasos en las dos primeras fases. Por el momento, desde el departamento dirigido por Jorge Fernández Díaz explican que aún no está decidido si se pasará al tercer estadio antes de las elecciones generales y que, en caso de que se opte por no hacerlo, se prorrogaría el actual momento por tiempo indefinido.
 
En la práctica, es muy posible que el nuevo Gobierno que salga de las urnas, por lo tanto, se encuentre el plan inacabado y con posibilidades de volver a replantearlo, ya que por el momento no ha salido ningún guardia civil de los centros penitenciarios, como estaba previsto que ocurriera ya en 2015. De hecho, en varios consejos de la Guardia Civil -órgano de encuentro entre asociaciones profesionales y administración- celebrados en 2014 los representantes de la Dirección General y los de los sindicatos abordaron el tema de los nuevos destinos que ocuparían los agentes una vez que abandonasen su plaza en las prisiones. Ambas partes incluso llegaron a pactar que estos funcionarios serían recolocados en la misma ciudad en la que operaban para no alterar su vida familiar.
 
Fuente: Elconfidencial.com
 
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El sector de la seguridad se encomienda a las alarmas para intentar superar la crisis

Ese apartado es el único que creció el año pasado y por segundo año consecutivo, mientras que la vigilancia sigue cayendo.
 
La seguridad privada sufre todavía los rigores de la crisis que desde 2009 ha precipitado al sector a una caída acumulada del 24,08% pero tiende a estabilizarse. Así lo constata el informe de la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (Aproser) de 2014 al que ha tenido acceso El Confidencial, un documento que deja entrever las primeras esperanzas de recuperación con el apartado de sistemas y alarmas como motor.
De acuerdo con esta asociación, que aglutina a 12 empresas que representan el 70% del negocio y funciona como patronal, la seguridad privada española facturó el año pasado 3.384 millones de euros, lo que supuso un descenso del 0,24% con respecto al año anterior, cuando entraron en caja 3.392 millones de euros. Aunque aún está lejos de los niveles de 2006 y 2007, cuando el sector crecía a ritmos cercanos al 7%, el descenso es mucho más tenue que el registrado entre 2012 y 2013, cuando cayó en un 6,87 %. La perspectiva de crecimiento para 2015 es del 1,25%, que sería la primera mejora en cinco años.

Estabilización y primeros brotes

En su resumen ejecutivo, Aproser observa que “el conjunto del sector podría estabilizarse e incluso comenzar una tímida recuperación”, aunque de las tres áreas que lo componen –transporte de fondos, sistemas y alarmas y vigilancia- esta última, que es la que más factura, parece estar destinada a pagar la peor parte dentro del sector.
 
Furgón blindado de Prosegur. (EFE)Aunque sigue siendo el área que más negocio genera, pues factura 2.121 millones de euros, la vigilancia presenta el mayor nivel de contracción y tiene previsiones de cierre negativas de cara a 2015. En 2014, la vigilancia cedió un 1,77% con respecto a 2013, cuando con 2.159 millones de euros había caído un 7,99% desde 2012. La mayor demanda de vigilancia proviene del comercio y representa un 19% de los servicios, seguida por la industria y la energía (17%), entidades financieras (16%), edificios e instalaciones públicas (12%) e infraestructuras de transporte (11%). Completan el total menores porcentajes que se reparten entre el sector servicios, residencial, salud y educación.
Mientras, el área de transporte de fondos facturó 290 millones de euros, con un descenso del -1,11%, y los sistemas y alarmas alcanzaron 973 millones y sube un 3,56% en comparación con el anterior ejercicio, en el que este apartado comenzó a despegar con otro ascenso del 1,23%.

Menos vigilantes en activo

En 2014 se registraron 1.539 empresas de seguridad privada, de las que 1.304 fueron habilitadas por el Ministerio del Interior, 200 por la Generalitat de Catalunya y 35 por el Gobierno Vasco. Pero según el Instituto Nacional de Estadística (INE) hay una tendencia a la atomización, pues el 83% de estas empresas tienen menos de 50 trabajadores.
Además, el personal en activo bajó de los 77.100 en 2013 a los 75.650 en 2014, con una presencia masculina prioritaria. El nivel de rotación de personal se mantiene en un 14% y el 84% de los trabajos son indefinidos. El país sigue por debajo de la media europea en el ratio de fuerzas de seguridad privada, pues la proporción comunitaria es de 1 vigilante por cada 264 personas y en España es de 1 por cada 614 habitantes.
En 2014 entró en vigor la Ley de Seguridad Ciudadana, que tenía entre otros fines reducir el intrusismo y ampliar las competencias de los vigilantes privados, no ha impedido que Aproser siga detectando como un problema la incursión de agentes externos en el sector. Otros desafíos que identifica son “la competencia desleal, los bajos precios de licitación, la escasa rentabilidad y la inseguridad jurídica”.
 
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El Supremo rechaza que el descuelgue de un convenio pueda aplicarse con efectos retroactivos

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que la inaplicación de un convenio colectivo (descuelgue) no puede tener efectos retroactivos, aunque se haya pactado así en el acuerdo por el que se modifican las condiciones laborales del convenio.
 
El Alto Tribunal desestima en este fallo las pretensiones de la empresa Ariete Seguridad (ASSA), que en diciembre de 2013 alcanzó con una mayoría de los representantes de los trabajadores de la Comunidad de Madrid un acuerdo para descolgarse durante el ejercicio 2013 de las condiciones de jornada laboral y salario recogidas en el convenio estatal de empresas de seguridad privada 2012-2014.
CC.OO. y UGT presentaron entonces demanda de conflicto colectivo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para anular el acuerdo de descuelgue. Su demanda fue estimada parcialmente y el TSJM procedió a anular la parte del acuerdo referida a la retroactividad de sus efectos, al entender que con ello se vulneraba la Ley y la Constitución.
ASSA interpuso entonces recurso de casación ante el Supremo, alegando que las partes negociadoras pueden pactar que los efectos económicos de un descuelgue se retrotraigan a una fecha anterior.
El Alto Tribunal examina en este fallo el ámbito de aplicación temporal que puede tener un acuerdo de descuelgue por razones económicas en materia de jornada laboral anual y salario, y más en concreto si la inaplicación de un convenio puede tener efectos sólo a partir del momento en que se pacta o si es lícito que se acuerde retrotraer los efectos a un momento anterior.
En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel López García de la Serrana, el Supremo reconoce que el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, en el que se regulan los descuelgues, no limita expresamente la posibilidad de dar eficacia retroactiva al pacto modificativo.
No obstante, precisa que la existencia de esa restricción legal "está implícita en el texto de la norma, que empieza estableciendo que el convenio colectivo obliga a todos los incluidos en su ámbito de aplicación durante todo el tiempo de su vigencia".
"De ese mandato se infiere que el convenio colectivo es de forzosa aplicación mientras no se acuerde su inaplicación parcial, así como que esa inaplicación, el descuelgue o apartamiento de lo en él acordado sólo puede tener efectos a partir del momento en que se acuerda", subraya el Supremo, que insiste en que los descuelgues "actúan hacia el futuro" y no hacia el pasado.
"Un simple acuerdo", no un convenio
En su recurso, la empresa de seguridad ASSA argumentaba que los artículos 84.2 y 86.1 del Estatuto de los Trabajadores dan plena libertad y autonomía a los negociadores de los convenios para fijar la vigencia de sus pactos y preferencia aplicativa a los convenios de empresa, lo que autorizaría la retroactividad del descuelgue.
El Supremo responde a este argumento que en este caso no se está ante un convenio colectivo negociado con plena libertad y autonomía que fije su vigencia, sino ante un "simple acuerdo" por el que se concierta la inaplicación de ciertas condiciones del convenio colectivo de aplicación, "lo que comporta que los efectos temporales del acuerdo, su vigencia, sea distinta por existir limitaciones que los negociadores de ese pacto deben respetar".
Asimismo, el Alto Tribunal recuerda que la única norma que contiene el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre la vigencia del pacto novatorio (descuelgue) es la que limita su duración a la entrada en vigor de un nuevo convenio colectivo que sea aplicable en la empresa.
 

miércoles, 12 de agosto de 2015

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Adjudican por 30 millones la vigilancia y seguridad en edificios de Sanidad

Las adjudicatarias han sido ISS Soluciones de Seguridad SL, Clece Seguridad SA, Eulen Seguridad SA y EME Compañía de Seguridad, Ingeniería y Mantenimiento SL.
 
La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública ha adjudicado por 29.968.428 euros (IVA incluido) el servicio de vigilancia y seguridad en los centros dependientes de este departamento autonómico, así como el mantenimiento integral de los sistemas de alarma y protección de esos edificios.
Ese importe supone un ahorro de 3.353.171 euros respecto al precio de licitación de este contrato, que ha sido adjudicado en dieciocho lotes a un total de cuatro empresas.
Su tramitación ha sido ordinaria y el procedimiento, abierto con regulación no armonizada, según la resolución que hoy publica el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y que está firmada por el director general de Recursos Humanos y Económicos de la Conselleria de Sanidad el pasado 27 de julio.
Las empresas adjudicatarias han sido ISS Soluciones de Seguridad SL (para seis de los dieciocho lotes por un importe de 13.715.425 euros), Clece Seguridad SA (siete lotes por 12.024.792 euros), Eulen Seguridad SA (un lote por 932.150 euros) y EME Compañía de Seguridad, Ingeniería y Mantenimiento SL (cuatro lotes por 3.296.061 euros).
 
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Hacienda acusa a Ramírez de fraude en la nómina de sus trabajadores

La fiscal se querella contra el empresario por eludir al abono de 2,3 millones.
La Administración Tributaria reclama 2,3 millones a Miguel Ángel Ramírez Alonso por un fraude a la Hacienda Pública y la Seguridad Social supuestamente cometido en 2008 y 2009 a través de Seguridad Integral Canaria, una empresa líder en el sector de la vigilancia privada con importantes contratos en el ámbito nacional vinculados a las instituciones públicas.
La investigación de la delegación tributaria en Las Palmas comenzó a mediados del año pasado por orden de la Fiscalía de Delitos Económicos, cuya responsable en la provincia, Eva Ríos, se querelló el 23 de enero contra el empresario tras recibir las conclusiones de los inspectores de Hacienda.
La querella ha sido admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria, que ahora deberá interrogar a Ramírez por un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, entre otras diligencias de investigación solicitadas por la fiscal, las cuales están orientadas a esclarecer un fraude sistemático en el pago de la nómina a los empleados de Seguridad Integral Canaria (SIC).
Según la Agencia Tributaria, Ramírez, en calidad de administrador único de SIC , ha abonado a sus vigilantes las horas extraordinarias fuera de la nómina o enmascaradas en otros conceptos que tienen una tributación menor, incluso que están exentos de cotizaciones a la Seguridad Social y de retenciones por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
 
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El Corte Inglés, sancionado por vigilar el exterior de dos centros de LPGC sin permiso de los transeúntes

Protección de Datos ha multado a la empresa con 40.001 euros por mantener colocadas en la ciudad capitalina una serie de cámaras orientadas al exterior.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a El Corte Inglés con 40.001 euros por mantener colocadas en dos de sus centros de Las Palmas de Gran Canaria una serie de cámaras orientadas al exterior, con las que no solo graba lo que sucede en el interior de sus instalaciones, sino también lo que ocurre en sus alrededores.
No es la primera vez que la empresa es sancionada por una irregularidad similar, ya que, según señala una información de InfoLibre, fue multada a pagar en 2011 unos 60.100 euros por unos hechos semejantes ocurridos en su centro de Málaga.
El digital indica que los hechos acaecidos en la capital grancanaria se remontan a octubre de 2014, cuando un particular denunció que la entidad recogía imágenes de vídeo del exterior, una práctica que es ilegal. La investigación iniciada por la AEPD concluyó que esto ocurría con cinco de las 18 cámaras de los edificios, que no solo captaban a transeúntes y vehículos, sino también lo que sucedía en los comercios cercanos.
La resolución del procedimiento sancionador, que se resolvió el pasado 18 de marzo, desestima las alegaciones de la empresa y recuerda que “la instalación de videocámaras en lugares públicos, así como la seguridad pública, es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
Según InfoLibre, El Corte Inglés argumenta que cumple "con el deber de informar mediante la instalación de los correspondientes carteles en las entradas a los establecimientos, lo cual es una forma indirecta de obtener el consentimiento de los peatones ya que todos ven el cartel y si no quisieran prestar su consentimiento, podrían manifestarlo en ese momento", y asegura que ha limitado "a 7 días, no 30 como permite la norma, el plazo por el cual se conservan las imágenes, lo cual demuestra que no tiene ningún interés en tratar las imágenes" o "utilizarlas para ninguna finalidad oscura".
La entidad ha presentado un recurso ante la Audiencia Nacional para evitar la sanción, que es una de las menores previstas por la ley, teniendo en cuenta que las multas por este tipo de irregularidades pueden alcanzar hasta los 300.000 euros.
 
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OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR DURANTE SU BAJA MEDICA

La incapacidad temporal es la situación en la que se encuentra el trabajador que está temporalmente incapacitado para trabajar y precisa de asistencia sanitaria (Seguridad Social o Mutua). Los trabajadores que se hallan en dicha situación tendrán derecho a percibir un subsidio económico, cuya finalidad es paliar la ausencia de salarios derivada de la imposibilidad de trabajar.
Las causas que pueden provocar esta incapacidad son:
  • Enfermedad común
  • Accidente de Trabajo
  • Accidente No laboral
  • Enfermedad Profesional
Situación Laboral en la Empersa:
La relación laboral del trabajador se encuentra suspendida, manteniéndose en vigor obligaciones tanto para la empresa como para el trabajador.
Durante una situación de baja médica el trabajador debe:
  • No realizar tareas que puedan agravar su estado físico
  • Colaborar en el proceso de recuperación
  • Cumplir con el tratamiento médico prescrito para su recuperación
  • Presentar “en el plazo de 3 días hábiles”, a la empresa, los partes de: (la falta de presentación podrá suponer medidas disciplinarias)
    • Baja
    • Confirmación
    • Alta
  • Acudir a los Reconocimientos Médicos fijados por la Seguridad Social y las Mutuas de Accidente de Trabajo
  • Una vez expedido el alta, debe acudir a su puesto de trabajo en el plazo de 24 horas
¿Son válidos los Justificantes o días de reposo?
Los días de reposo de 24, 48 ó 72 horas NO JUSTIFICAN LA INCAPACIDAD TEMPORAL NI JUSTIFICAN LA AUSENCIA AL TRABAJO, simplemente es una recomendación médica no regulada legalmente. Por tanto, salvo que algún convenio colectivo establezca “algún complemento salarial por dicho reposo”, la ausencia al trabajado puede suponer junto con las medidas disciplinarias oportunas la falta de abono de los salarios correspondientes a dicho reposo.
¿Qué son y que hacen las Mutuas?
Son organismos que colaboran con la Seguridad Social en la gestión y control de los procesos de Incapacidad Temporal.
Casos:
Baja por Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional: La baja la emitirá la mutua y será responsable del seguimiento, asistencia sanitaria y pago de la misma hasta el alta.
Baja por Enfermedad Común o Accidente No Laboral: La baja la emitirá la Seguridad Social al igual que los partes de confirmación y alta médica y el trabajador deberá acudir a cita médica y colaborar con los servicios médicos tanto de la Seguridad Social como de la Mutua, ya que esta última es responsable del pago de la prestación y colabora en la gestión y control de la IT.
Si el trabajador no acude a la cita para el reconocimiento médico de la mutua, ¿Qué pasa?
La Mutua suspenderá la baja (y por tanto la prestación económica) con fecha del día siguiente a la cita médica y será comunicada al trabajador, empresa y Tesorería.
El trabajador tiene 10 días hábiles a contar a partir de la fecha de citación a reconocimiento médico para justificar debidamente la incomparecencia.
Si la incomparecencia es justificada se retoma el proceso de baja.
  • Si el trabajador no justifica la incomparecencia, la mutua emitirá un acuerdo de extinción de la prestación con fecha del día siguiente al de la cita médica por incomparecencia. El acuerdo se enviará a su vez a la empresa, trabajador, TGSS y Servicio Público de Salud.
Fuente:  http://gie.es
Departamento Laboral
Francisco Javier Molinera

domingo, 9 de agosto de 2015

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Pierde la condición de escolta tras la condena por violencia de género

Los tribunales consideran que es indispensable carecer de antecedentes.
La Audiencia Nacional ha avalado la decisión del Ministerio del Interior de cancelar la habilitación profesional de un pontevedrés como escolta y vigilante de seguridad privada. Y todo a raíz de una condena a cuarenta días de trabajo en beneficio de la comunidad y dieciséis meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un delito de amenazas que las fuentes oficiales consultadas encuadraron en la violencia de género.
Los tribunales dan la razón, asimismo, al Abogado del Estado cuando afirma que al afectado «no se le priva de su derecho al trabajo, sino que simplemente se le inhabilita para el ejercicio de una profesión». En este sentido, matizan que para ejercer como escolta se precisan una serie de requisitos, «en concreto, carecer de antecedentes penales».
Remarcan que tal requisito «debe cumplirse tanto para obtener la habilitación para ejercer funciones de seguridad privada, como para mantenerla». De este modo, insisten en que el pontevedrés «ha incurrido en uno de los supuestos que le privan de seguir desempeñando sus funciones como vigilante de seguridad y escolta por la concurrencia de una circunstancia sobrevenida, como es la de tener antecedentes penales».
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En este punto, se refiere que la propia legislación que regula la seguridad privada alude a la necesidad de carecer, en todo momento, de antecedentes penales. Es más, se le exige a la Administración que, en el momento que se tenga conocimiento «fehaciente» de la existencia de tales antecedentes, abra el correspondiente procedimiento que concluya con la perdida de la condición de escolta de la persona en cuestión.
Esta última, por su parte, había alegado contra la decisión de Interior apelando a que la Constitución Española «establece el derecho al trabajo como derecho fundamental», así como que, incluso, a «las personas condenadas se les respeta y protege el derecho al trabajo». Asimismo, manifestó no comprender cómo perder un requisito cumplido en su momento podía conllevar la cancelación de su habilitación.
Es un argumento «improcedente» para la Audiencia Nacional y que, igualmente, fue rebatido por el Abogado del Estado: «Nada tiene que ver el derecho al trabajo, ni la obligación de atender a la subsistencia de los hijos, con el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos para ejercer una determinada profesión (máxime cuando se trata de una de las características de la aquí debatida)».
Añadió que la resolución administrativa no le impide acceder a un puesto de trabajo, sino «ejercer una profesión, que, por obvios motivos, está reglada», al tiempo que incide en que el pontevedrés fue condenado por el Juzgado de Instrucción número tres de Pontevedra por un delito doloso.
En cualquier caso, el fallo de la Audiencia Nacional no es firme y el afectado puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
 
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Seguridad Integral Canaria basa su proyección en el incumplimiento sistemático y deterioro progresivo de las condiciones laborales

Así lo expresó en La Trapera de Radio San Borondón el portavoz de USO Canarias, Basilio Febles
SB-Noticias.- Basilio Febles (USO Canarias) denuncia el crecimiento y consolidación en el mercado de Seguridad Integral Canaria a costa del deterioro de las condiciones laborales de los trabajadores, de un retraso e incluso incumplimiento de las obligaciones salariales y con el fisco y de una actividad continua de socavamiento de la labor sindical, todo ello aderezado con un cuidadoso lavado de imagen pública y una buena agenda de relaciones que exhibe sin pudor su propietario Miguel Ángel Ramírez.
Cabe recordar que ADIF ha asignado un concurso a Seguridad Integral Canaria (SIC) por 10 millones de euros para la seguridad de las instalaciones ferroviarias en el sur de España, Andalucía y Extremadura.
Sobre la situación de SIC, Febles manifiesta que el mercado canario no permite un crecimiento mayor de la empresa y que es coincidiendo con la llegada al gobierno del PP que la empresa ha experimentado la mayor expansión en el sur de la península y no parece que haya indicios de que esto vaya a cambiar sino que al contrario, prevé un relanzamiento de SIC en el mercado internacional, principalmente en hispanoamérica.
Esta proyección de SIC está firmemente anclada en el incumplimiento sistemático y deterioro progresivo de las condiciones laborales: Las reticencias e impagos de los abonos de los salarios de los trabajadores sitúa a la empresa de Miguel Ángel Ramírez en una posición de ventaja frente a otras empresas más pequeñas que sí cumplen, esto está propiciado por la obsesión de resolver a la baja los concursos, única preocupación de los dirigentes del PP, en el gobierno y en otras administraciones.
Otros factores que inciden en el crecimiento económico de la empresa son la planificación y publicidad de mejoras laborales con motivo de las concesiones y con anterioridad a las mismas que se abandonan una vez gana el concurso, así como situar a personas de confianza en el comité de empresa que limiten la autonomía en las decisiones del mismo.
Para evitar el impacto en las condiciones laborales que tal política supone propone y exige un mayor control por parte del gobierno a las empresas adjudicatarias de concursos, no sólo previamente a la concesión sino también después de la adjudicación, vigilando que se cumplan los compromisos adquiridos, que se pague debidamente a los trabajadores y no se toleren las desviaciones fiscales.
Aunque por parte de Seguridad Integral Canaria hay un esfuerzo constante por mostrar una cara lo más amable posible, Febles aclara que solamente se trata de un lavado de imagen, ya que no se está dando un cambio real en la política de la empresa y no por ello deja de mostrarse esperanzado en que la situación acabará por resolverse como es debido y finalmente se hará justicia con los trabajadores y con la empresa, que actualmente se encuentra en calidad de imputada ante los juzgados y tribunales.

Fuente:  http://www.sanborondon.info/content/view/68658/1/
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La juez mantiene los cargos a Ramírez tras su declaración

La juez de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria mantiene la imputación por dos delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social al empresario Miguel Ángel Ramírez, tras haber escuchado su versión sobre cómo paga Seguridad Integral Canaria a sus vigilantes.
Ramírez declaró este miércoles por la mañana, durante cuatro horas, ante la juez Victoria Rosell, por la denuncia que el sindicato USO y la Fiscalía de Delitos Económicos han formulado contra él, en la que se le acusa de haber defraudado 2,4 millones de euros al erario público pagando las horas extras que realizan sus vigilantes como si fueran dietas (un concepto que está exento de tributación).
El empresario grancanario, que preside la UD Las Palmas, ha declinado hacer comentario alguno a su entrada y salida de Juzgado, aunque su letrado defensor, José Antonio Choclán, ha confirmado a los periodistas que la instructora mantiene por ahora los cargos.
Fuentes de la defensa de Ramírez han precisado que el empresario está "satisfecho" con su declaración, porque considera que ha sido "muy esclarecedora" y ha aportado a la magistrada suficientes datos para acreditar que Seguridad Integral Canaria cumple la legislación en los pagos a sus empleados.
También han restado importancia al hecho de que la imputación no haya sido levantada al término de la declaración, porque consideran que ese no era el momento procesal y entienden que la juez debe valorar las pruebas aportadas por las distintas partes.
 

viernes, 7 de agosto de 2015

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Un imputado en Ávila por ejercer de vigilante de seguridad sin estar habilitado

El Código Penal lo recoge esta acción como Delito de Intrusismo, y la Ley de Seguridad Privada impone fuertes sanciones de 30.000 a 600.000 euros a empresas que contratan y particulares que ejercen esa labor.
 
La Comandancia de la Guardia Civil de Ávila ha imputado a una persona por ejercer labores de Vigilancia de Seguridad sin estar habilitado
A finales de mes de julio, se detecta por parte de la Guardia Civil la instalación de cartel alusivo a la prestación de seguridad en un recinto en construcción. Esta clase de conductas, realizada habitualmente por determinados colectivos, colocan carteles en zonas visibles, haciendo alusión al tipo “OBRA CON VIGILANTE PATRIARCA XXX CONTROL 24 HORAS”.
Teniendo conocimiento que esta clase de actuaciones pueden conllevar una serie de supuestos Delitos de Coacciones, Amenazas, Usurpación de Funciones Públicas o Intrusismo, y desde luego infringir la Ley 5/2014, de 04-04-2014 de Seguridad Privada, se procede por parte de la Unidad de Policía Judicial de la Comandancia a realizar una investigación, comprobándose en días sucesivos que la persona detenida realizaba en dicho establecimiento de forma muy ocasional funciones de vigilancia dentro y fuera de la obra.
Habitualmente las empresas constructoras, para evitar situaciones de otro tipo, y al tener maquinaria y efectos de valor en la obra, se ven presionadas a contratar esta clase de servicios como “Vigilante de Seguridad”, a sabiendas de su ilegalidad.
Es importante recordar que para realizar esta clase de actividades se debe cumplir unos requisitos y obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior con unos condicionantes, entre los que se encuentran, uniformidad, identificación, cursos específicos oficial, y examen de habilitación. la supervisión y control de esta clase de actividades vienen recogidas en la Ley 5/2014, de 04-04-2014 de Seguridad Privada, cuya competencia de control se realiza por parte del Cuerpo Nacional de Policía en Vigilantes de Seguridad, y por parte de la Guardia Civil a la especialidad de Guardas Rurales.
Desde la Guardia Civil se recuerda a los empresarios que estas actividades ilegales pueden ser cometidas también por éstos, marcando la referida Ley una serie de conductas que pueden ser sancionadas y que pueden oscilar de 30.000 a 600.000 euros, como el art. 57.1.b “La contratación o utilización, en servicios de seguridad privada de personas que carezcan de la habilitación o acreditación correspondiente” entre otros, por lo que se recomienda que cuando tengan conocimiento de esta clase de actividad e intrusismo, lo pongan en conocimiento de las autoridades citadas.
 
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Salario base en la paga extra de verano


miércoles, 5 de agosto de 2015

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Adif adjudica a Seguridad Integral Canaria la vigilancia de las estaciones de Cádiz

Las instalaciones gaditanas se encuentran englobadas en la zona sur que se ha otorgado a Seguridad Integral Canaria, por 7,9 millones de euros.

El consejo de administración de Adif ha aprobado en su última reunión la adjudicación, por un importe global de 18,4 millones de euros, del contrato de servicios de vigilancia y seguridad para las zonas centro y sur, según ha informado la compañía en un comunicado.
En concreto, este contrato estará vigente hasta el 31 de agosto de 2016.
El lote correspondiente a la zona sur se ha otorgado a Seguridad Integral Canaria, por 7,9 millones de euros.
Los servicios contratados comprenden la vigilancia y seguridad en estaciones de viajeros, terminales de mercancías, edificios técnicos y administrativos, así como en infraestructuras viarias.
Con la entrada en vigor de la Ley 5/2014 de seguridad privada, los servicios de vigilancia y seguridad deben ser obligatoriamente prestados por personal perteneciente a empresas privadas de seguridad.
 

martes, 4 de agosto de 2015

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Adif adjudica dos contratos a Prosegur y Seguridad Integral Canaria por 18 millones de euros

Ambas compañías prestarán servicios de vigilancia y seguridad en las instalaciones de Adif en Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía, hasta el 31 de agosto de 2016.
El consejo de administración de Adif ha aprobado en su última reunión la adjudicación, por un importe global de 18,4 millones de euros, del contrato de servicios de vigilancia y seguridad para las zonas centro y sur.
El lote correspondiente a la zona centro se ha adjudicado a Prosegur España, por importe de 10,5 millones de euros, mientras que el de la zona sur se ha otorgado a Seguridad Integral Canaria, por 7,9 millones de euros.
Los servicios contratados comprenden la vigilancia y seguridad en estaciones de viajeros, terminales de mercancías, edificios técnicos y administrativos, así como en infraestructuras viarias de las zonas centro (Madrid, Albacete, Cuenca, Toledo, Ciudad Real y Guadalajara) y sur (Jaén, Córdoba, Sevilla, Huelva, Cádiz, Málaga, Granada, Almería, Cáceres y Badajoz).
Con la entrada en vigor de la Ley 5/2014 de seguridad privada, los servicios de vigilancia y seguridad deben ser obligatoriamente prestados por personal perteneciente a empresas privadas de seguridad.
 

domingo, 2 de agosto de 2015

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Un solo trabajador puede impugnar individualmente un convenio colectivo

La legitimación para impugnar un convenio ilegal la tienen únicamente la autoridad laboral y los órganos de representación legal o sindical de los trabajadores, sindicatos y asociaciones empresariales interesadas, en virtud de lo establecido en los artículos 161 y 163 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL). Dicha norma establece dos procedimientos para demandar directamente la ilegalidad de un convenio.

Uno de ellos, el iniciado por la autoridad laboral mediante comunicación de oficio ante el órgano judicial competente, que será la jurisdicción de lo social. Aunque existe una.

Las vías más comunes

La comunicación que se remite debe contener, para su validez, el detalle de la legislación que vulnera y los extremos de ésta que se entienden conculcados, una sucinta referencia a los fundamentos jurídicos de la ilegalidad y una relación de las representaciones integrantes de la comisión negociadora. A esta comunicación debe acompañarse el convenio impugnado y tantas copias del mismo como partes tenga el proceso. El juez tiene diez días para indicar a la autoridad laboral los defectos subsanables que haya en la comunicación.
Una segunda vía de impugnación del convenio es el que inician los representantes legales de los trabajadores, los sindicatos o asociaciones empresariales. Sólo tienen legitimación para actuar si el convenio se encuentra registrado, pues de no estarlo deberán solicitar a la autoridad laboral que sea ésta quien envíe la oportuna comunicación; y si ésta no contesta en quince días, desestima su petición o el convenio se hubiera ya registrado, los representantes podrán iniciar la impugnación.
La legitimación de estas asociaciones y sindicatos para representar a los trabajadores afectados debe probarse al inicio de la negociación del convenio, tal y como se pronuncia el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia de 10 de octubre de 2006. No está legitimado en la impugnación de convenios colectivos por esta vía el Abogado del Estado, quien, sin embargo, sí lo está cuando el motivo de impugnación es la lesividad. Así se pronunció el TS en una sentencia de 23 de octubre de 2007.

Impugnación individual

Pero junto a estas dos vías citadas, un convenio colectivo puede impugnarse de forma indirecta mediante un tercer procedimiento; así lo proclama la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 6 de julio de 2007. En ella, explica que existe una forma indirecta de denunciar un convenio ilegal, a través del proceso ordinario. Es decir, un procedimiento en el que el demandante cuestiona la validez de un acto concreto de aplicación de un convenio en la medida en que afecta a sus derechos o intereses jurídicos.
En estos casos, el objeto directo de la demanda no es la declaración de nulidad del convenio, sino una pretensión particular, para cuya resolución hay que decidir si se aplica o no el convenio a un caso concreto sin pronunciarse sobre la validez del mismo. Esta tercera vía abre la posibilidad de considerar legitimado para denunciar el convenio al particular afectado, satisfaciéndose de este modo el derecho a la tutela judicial efectiva de los trabajadores individualmente considerados.
Pero, ¿cuándo cabe invocar la ilegalidad de un convenio? El TS ha respondido con contundencia en sentencia de 30 de septiembre de 2008. Dice que esta causa únicamente puede ser el motor de la demanda cuando el convenio viola una norma legal de derecho necesario, no así cuando contraviene un convenio anterior o si contiene cláusulas o artículos que son contradictorios entre sí.
Si estuviéramos en presencia de esta contradicción, ésta debe solucionarse a través de una interpretación integradora del convenio, que puede llevarse a cabo mediante un proceso de conflicto colectivo o proceso similar. En lo que afecta al convenio que contraviene uno anterior, según palabras textuales del TS en dicha sentencia: "El convenio colectivo que sucede a uno anterior puede disponer sobre los derechos reconocidos en él. En dicho supuesto se aplicará íntegramente lo regulado en el nuevo convenio".

Fuente:  http://www.eleconomista.es
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CCOO pide a las administraciones que no sigan favoreciendo a Miguel Ángel Ramírez

CCOO de Construcción y Servicios de Canarias, apuntando a las administraciones públicas, denuncia la confección a medida de los concursos públicos en los servicios de Seguridad Privada de sus organismos e instalaciones, beneficiando casi en exclusividad a Empresa, entre otras, como Seguridad Integral Canaria, SA o Marsegur, ambas relacionadas con el empresario canario, Miguel Ángel Ramírez. Estos concursos, caso del Organismo Autónomo de Museos de Tenerife, reflejan en sus condiciones económicas unas bajadas temerarias de hasta el 15%, situación que imposibilita a empresas de gran calado participar, en igualdad de condiciones, en dichos concurso al no poder garantizar el cumplimiento de las retribuciones pactadas para el personal de seguridad en el actual convenio nacional de empresas de Seguridad Privada, entrando en perdidas económicas si así fuera. Esta práctica posibilita a empresas como las citadas a concursar en una posición casi de monopolio ya que, partiendo de menores costes salariales, al poseer convenios de empresa un 30% más bajos, rompen el mercado al imponerse ante las “exigencias económicas establecidas por la propia Administración”, participando casi en exclusividad, como ya ha ocurrido en el OAMT y Hospital de La Candelaria, entre otros. La repercusión recae obviamente sobre el trabajador, quien ve reducido sus salarios, pasando de mileurista a unos escasos 700 euros mensuales, arrastrándolos a la precariedad y a la pobreza. Mientras tanto, organismos locales, regionales o estatales, empujan silenciosa e irremediablemente a los trabajadores y trabajadoras del sector a la voracidad de empresas que son favorecidas con los recortes. Recientemente CCOO de Construcción y Servicios de Canarias se ha dirigido a los usuarios de los Servicios de Seguridad tales como consejería de Justicia o Museos de Tenerife, expresándole la situación en las que se encuentran los trabajadores de SICSA o Marsegur y sin que los mismos muestren una sensibilización sobre hechos que, paralelamente, son noticia casi diaria en los medios de comunicación ante la imputación del administrador Único en presuntos casos de evasión de impuestos y fraude a la Seguridad Social o la sobre la sobre facturación a entes públicos como lo es Aena Tenerife Sur.