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lunes, 15 de junio de 2015

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Tu permiso de paternidad puede pasar de 13 días a 20

Como todos sabemos en nuestro sector nuestro convenio recoge el art. 46 esta licencia que por derecho nos pertenece, pero es ahí donde habla de 13 días ininterrumpidos por paternidad de un hij@, más los 2 días correspondiente al nacimiento de un hij@ o  4 días por desplazamiento.
No obstante con algunos requisitos podemos disfrutar hasta de 20 días
En ningún caso en nuestro convenio ni en los estatutos de los trabajadores se contempla, pero sí que está en el art.26.2 RD 295/09, por lo que el permiso de paternidad sería de 20 días en los siguientes casos:
  • Cuando sea familia numerosa.
  • Cuando con ese nacimiento se llegue a la familia numerosa.
  • Cuando en la familia existiera una persona con discapacidad de al menos el 33%.
  • Cuando el recién nacido tenga una discapacidad de al menos el 33%.
También te puede interesar que el permiso de paternidad proporciona hasta 9 meses de protección contra despido improcedente, incluso aunque solo hubieras disfrutado un día del mismo.

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